¿Qué significa el título de Reina Consorte?

Máxima es reina consorte 


¿Qué significa este título?


El consorte referido a la monarquía designa al cónyuge del monarca. Su tratamiento es diferente según su sexo y el reino al que pertenece. Con frecuencia, la consorte de un rey se designa como reina, pero el consorte de una reina recibe otro tratamiento diferente. 

Máxima es "Reina Consorte", este titulo significa que ha llegado a la realeza a través del matrimonio y no por ser heredera de sangre real. El termino fue usado por vez primera en 1765. Generalmente recibe el equivalente femenino de los títulos y tratamientos del rey.

"Reina Consorte" es el titulo que obtiene la esposa de un rey. Históricamente las monarcas que tuvieron este nombramiento no compartieron los poderes políticos y militares del rey. Por ello no tiene funciones constitucionales (no reina en realidad) a no ser que muera el rey teniendo hijos menores de edad, en ese caso lo mas común es que ella pase a ser reina regente y así asumiría las funciones hasta que sus hijos alcanzaran la mayoría de edad.


¿Que responsabilidades tendrá Máxima como Reina consorte?


Según especialistasMáxima tendrá, por sobre todas las cosas, una gran tarea social. De todas maneras, debera también participar de cuestiones políticas  económicas y de relaciones internacionales de Holanda.

Entre sus responsabilidades se cuentan: Firmar disposiciones, reafirmar relaciones internacionales, presidir cuestiones políticas, entre otras cosas. Además, con su excelente conocimiento en economía, Máxima se involucrará también en las finanzas.

¿Qué hará en su rol social? Apoyará a organizaciones que tengan el mismo objetivo de ayudar a la gente junto a su marido, el rey Guillermo.





Fuentes consultadas: 



Acto de abdicación e Investidura

Programa oficial del acto de abdicación de la Reina Beatriz y de Investidura de Guillermo Alejandro.



El programa para los actos de abdicación de la reina Beatriz y la investidura del nuevo rey es publico por La Casa Real holandesa en su pagina web.

Abdicación

Primero tiene lugar la “abdicación” en el Palacio del Dam. Cuando la reina Beatriz  firme quedará oficialmente apartada del trono. Después, el príncipe Guillermo Alejandro firmará el “acta”, y ese momento se convertirá oficiosamente en rey.

Investidura

Después de la abdicación en el Palacio del Dam está la Ceremonia de Investidura, de carácter laico, en la Iglesia Nueva. Allí, Guillermo Alejandro jurará fidelidad a la Constitución frente a los miembros del Gobierno. Después, todos los miembros de la Primera y Segunda Cámara del Parlamento jurarán fidelidad al rey. A partir de ese momento, Guillermo Alejandro será, oficialmente, el nuevo Rey de Holanda.

Esquema del programa (Sujeto a cambio):


29 de abril 2013, 20.00-22.30 hs.
Cena, por invitación de Su Majestad la Reina, con los miembros de la Familia Real y otras misiones reales y extranjeros en el Rijksmuseum.


30 de abril 2013, 10.00 - 10.30 hs.
Abdicación de Su Majestad la Reina en la Sala de Moisés del Palacio Real de Amsterdam. Entre los presentes se incluyen los presidentes del Senado y de la Cámara de Representantes, el Consejo de Ministros por el Reino y miembros de la Familia Real, los gobernadores y primeros ministros o Aruba, Curaçao y Sint Maarten.
La reina le dará un breve discurso. El Director de la Oficina de la Reina leerá en voz alta el instrumento o la abdicación a todo el que la reina entonces dará su consentimiento por medio de su firma. Por último, el instrumento o abdicación será firmado por los testigos.
10.30-10.50  hs.
Su Majestad el Rey Willem-Alexander, Su Majestad la Reina Máxima y Su Alteza Real la Princesa Beatriz de los Países Bajos aparecen en el balcón del Palacio Real de Amsterdam. Princesa Beatrix y el rey se dan tanto en un breve discurso, afterwhich el himno se reproducirá. Su Alteza Real la Princesa de Orange y su Alteza Real la Princesa Alexia y Ariane Princess luego reunirse con sus padres en el balcón.
13.30 hs.
Apertura de la sesión conjunta de los Estados Generales, a raíz de la entrada de los miembros de los Estados Generales, los Estados de Aruba, Curazao y St. Maarten, el Consejo de Ministros por el Reino y el Consejo de Estado.
13,50 hs.
princesa Beatriz y otros miembros de la Familia Real proceder a la Iglesia Nueva.
14,00 hs.
El rey y el cortejo principal proceder a la Iglesia Nueva.
14.00-15.30 hs.
Juramento e investidura del Rey en la sesión conjunta de las dos Cámaras de los Estados Generales de la Iglesia Nueva. El Rey pronunciará un discurso y se juramentación El Presidente de la sesión conjunta, Fred de Graaf, pronunciará un discurso y hacer una declaración solemne, los miembros Afterwhich de los Estados Generales y Estados de Aruba, Curaçao y Sint Maarten jurar un juramento o una afirmación.
15,30 hs.
El rey y su séquito proceder a la Amsterdam Royal Palace.
16.30-18.00 hs.
Recepción de misiones reales y extranjeros, dignatarios y miembros de los Estados Generales y los Estados de Aruba, Curazao y St. Maarten, el Consejo de Ministros para la Kindom, el Consejo de Estado, primeros ministros y gobernadores de Aruba, Curazao y Sint Maarten y el Cuerpo Diplomático en el Palacio Real de Amsterdam.
19,30 hs.
La canción del Rey se ormed en presencia del Rey y de la Reina, antes del desfile agua. Esto tendrá lugar en el Museo del Cine de ojo a través de un enlace de vídeo con Ahoy Rotterdam.
19.45-21.30 hs.
El Rey y la Reina participará en un concurso de agua con sus hijas en el río IJ. Se saldrá de EYE Film Institute tiene el parque de ribera y la Copa "de Java". En los lugares verschillende a lo largo de la ruta que va a ser tratado con un programa festivo, zoals un 'Sail mini'.
21,30 hs.
Celebración, organizada por el Primer Ministro, en nombre del Consejo de Ministros por el Reino.


CORONADOS NO, INVESTIDOS SÍ


Ceremonia de “Toma de Posesión” de Máxima Zorreguieta y el  príncipe Guillermo Alejandro de Orange.


En Holanda, el rey no es coronado, sino investido del poder real. La constitución determina que, al comenzar a ejercer la función, tiene que prestar juramento cuanto antes y ser investido en una asamblea extraordinaria de los Estados Generales: el Congreso y el Senado, en una costumbre que se remonta a la Edad Media, cuando los derechos principescos en los Países Bajos eran ejercidos por condes, duques y obispos.


La ceremonias de abdicación y de investidura tendrán lugar el 30 de abril en Ámsterdam. La reina Beatriz firmará el Acta de Abdicación en el Palacio Real mientras la investidura de su majestad el Rey tendrá lugar en la Nueva Iglesia de Ámsterdam, Nieuwe Kerk.

Será una ceremonia sobria, calificada por el primer ministro holandés, Mark Rutte como “fiesta popular ajustada al presupuesto”

Temprano en la mañana, la Reina Beatriz y los príncipes se dirigirán al Salón del Palacio Real de Ámsterdam,  ante una gran mesa en la que estarán ubicados los miembros más preponderantes del Gobierno, y los presidentes de las dos cámaras legislativas. Ante todos ellos ejerciendo como notarios, la Reina Beatriz firmará el Acta de Abdicación en un momento solemne que será transmitido por radio, televisión e Internet. Una hora más tarde, y luego de que los testigos hubieran firmado las actas, Beatriz, Guillermo Alejandro y Máxima, con sus hijas, saldrán al balcón principal del Palacio Real.

A través de unos micrófonos conectados a altoparlantes distribuidos en los alrededores del palacio, la reina anunciará que ha abdicado al trono y presentará oficialmente a Guillermo Alejandro como el nuevo Rey de los Países Bajos. Y, como es tradición, corresponderá luego a Guillermo Alejandro dar las gracias a su madre y anunciar que acepta la misión. Desde ese instante el príncipe y la princesa serán Guillermo IV, rey de Holanda, y la reina Máxima.

Tras la llegada de la reina Beatriz a la iglesia, el nuevo rey (del brazo de la nueva reina) saldrá del Palacio y caminará hasta la iglesia siguiendo el mismo trayecto que hicieron los invitados de mayor rango.

Vistiendo uniforme militar de gala, luciendo todas sus medallas y condecoraciones, y la banda de la Orden de Guillermo, el príncipe ya rey portará el Manto Real, una pieza infaltable en la “coronación” holandesa.

Guillermo y Máxima ingresarán al templo a los sones del himno nacional neerlandés, Het Wilhelmus, y se situarán en el mismo sitio donde, en 2002, se realizó su homilía nupcial, pero ante ellos no estará el obispo, sino una mesita pequeña donde habrán de ser colocadas las insignias de la Corona, los símbolos del poder y la dignidad real: la Corona, el Cetro, la
Orbe, la Espada y el Estandarte reales, todos mandados a fabricar en 1840 por el rey Guillermo II.


La ceremonia dará comienzo con un discurso del rey Guillermo, pronunciado ante los miles de asistentes en la iglesia.

Acto seguido, ante un ejemplar de la Constitución, el rey deberá pronunciar el juramento estipulado por la ley.

Terminado el juramento, los 225 miembros de las Cámaras Alta (Eerste kamer) y Baja (Tweede Kamer) del Parlamento prestarán juramento de fidelidad al rey, según sus convicciones religiosas.

A partir de ese entonces, Guillermo Alejandro de Orange será el cuarto “Rey de los Países Bajos”.

Su nombre será invocado en los documentos oficiales del país como “Guillermo Alejandro IV, por la Gracia de Dios, Rey de los Países Bajos, Príncipe de Orange-Nassau, etc., etc., etc…”, etcéteras que dan a entender que un sinnúmero de títulos utilizados antiguamente por los monarcas de la Casa de Orange y reasumidos por primera vez con Guillermo I, en 1813.

El tradicional grito “¡Viva el Rey!” que deberá ser repetido tres veces por los parlamentarios y miembros del Gobierno. Repicando las campanas de las iglesias de todo el reino, y retumbando los hurras y vítores en las gargantas de los holandeses, el príncipe ya será el primer rey holandés desde 1890. Su esposa, la primera mujer sudamericana y argentina en ser entronizada reina de una nación europea.

Darán su primer viaje por Ámsterdam (custodiada por soldados de los tres Ejércitos) en un carruaje, tirado por ocho caballos (LA CARROZA QUE INSPIRÓ A WALT DISNEY). A pesar de llamarse “Carroza de oro”, no es éste el material con el que se fabricó el majestuoso coche, sino con madera de teca javanesa cubierta de hojuela de oro.

Llegados al palacio del Dam, y dispuestos a saludar desde el balcón a los holandeses reunidos en la plaza, y a ser anfitriones de los invitados extranjeros, Guillermo IV y Máxima concluirán así un día que sin duda será una jornada carga de emociones.








Fuentes para consultas:

http://es.wikipedia.org/wiki/Casa_de_Orange-Nassau
http://www.rnw.nl/espanol/article/la-monarqu%C3%AD-en-holanda
http://sobreholanda.com/2008/07/25/amsterdam-y-el-palacio-real/

Decreto 1574/93 que declara el 28 de mayo Día Nacional del Ceremonial.


Origen del Día Nacional Argentino del Ceremonial. (Publicado en la “Revista Internacional de Ceremonial”) 




La idea de contar con un día de celebratorio de carácter nacional para la profesión del Ceremonial, nació como propuesta y proyecto de decreto de quien se desempeñaba entonces como asesor de la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación y capacitador protocolar en el INAP, el Prof. Aníbal Gotelli, a sus colegas de todo el país reunidos el 22 de abril de 1993 en la entrega de diplomas y brindis de clausura de las 1ras. Jornadas Nacionales de Ceremonial, organizadas por la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación y el Instituto Nacional de la Administración Pública –INAP-. 


En el momento en que el Prof. Aníbal Gotelli propuso a sus colegas la declaración de un Día Nacional del Ceremonial, se encontraban presentes: quien era entonces Director General de Ceremonial de la Presidencia, D. Orlando Cáceres, el actual titular del área D. Sergio Grillo, quien entonces era el Director General Adjunto de Ceremonial de la Presidencia y actual Director General de Audiencias, Dr. Héctor Marcovecchio, y otros
destacados colegas directivos de Ceremonial tanto de poderes y ministerios nacionales como de gobiernos provinciales y de la entonces municipalidad de Buenos Aires.
Junto a los nombrados más arriba, que integraban la Mesa Directiva de aquel primer histórico encuentro de los funcionarios de Ceremonial, también podemos recordar la presencia de Silvia Krieger (Dirección Gral. Ceremonial Presidencia), Lucía H. de Aguirre (Mrio. Defensa), María del C. Alarcón (Prov. Santa Fe), Alberto Alvo (Prov. Buenos Aires), Marcelo Baca Castex (Mrio. Justicia), Juan José Barila (Prov. Río Negro), Alberto E. Beban (Prov. Tierra del Fuego), Graciela Borro (Mrio. Salud y Acción Social), Luis A. Bourband (Prov. Entre Ríos), José A. Bustamante (Prov. Jujuy), Jorge E. Bruhn Gauna (Prov. Santiago del Estero), Juan Carlos Cora (H. Cámara de Diputados), Cristian Corbalán (Prov. Formosa), Bruno A. Cuzari (Prov. Córdoba), Claudio Demetrio (H. Cámara de Senadores), Alvaro Durañona y Vedia (Mrio. Economía y OySP), Graciela Falabella (Mrio. Interior), Andrea Ferrero (Prov. La Pampa), Alfredo Forastier (Prov. Corrientes), Rubén Fuentes (Prov. La Rioja), Alberto García (SENASA), Nora Geoghegan Surin (Prov. Santa Cruz), Alfredo Gómez (Prov. Chaco), Carlos E. Gómez (Prov. Salta), Rodolfo González Esquitinis (H. Cámara de Senadores), Julio César Lenzken (Prov. Misiones), María Rita Logusso (Prov. de Tucumán), Horacio Alberto López Couyet (Fiscalía Nacional), Basilio López Maseda (Corte Suprema de Justicia de la Nación), Jorge L. Vidaurreta (Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires), José María Hondeville (H. Corte Suprema de Justicia de la Nación), Carlos A. Lorenzo (Prov. Chubut), Eleazar D. Maradeo (Prov. Buenos Aires), Nicolás Marchiori (Prov. Misiones), Alberto Fernando Medone (Prov. de Tierra del Fuego), Adolfo Surin (Concejo Deliberante de la Ciudad de Buenos Aires), Julio B. Moreno (Prov. de Buenos Aires), Germán Ninci (Prov. Córdoba), 
María Magdalena Páez de la Vega (Prov. La Rioja), Marcelo Pujó (Ministerio de 
Relaciones Exteriores, CIyC), Adriana Salinas (H. Cámara de Senadores), Julio Vega (Prov. Catamarca), Blanca Tomas de Zambón (Prov. Formosa), Osvaldo D. Trotta (Estado Mayor Conjunto) y María Elba Zudaire (Prov. La Pampa). También se encontraba presente una funcionaria de la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia que tuvo a su cargo la ardua tarea de llevar adelante la Secretaría General de las Jornadas, Dña. María Alejandra Serventi.
Gracias a todos ellos, porque contribuyeron con su aprobación y acompañamiento del 

proyecto, para que cada año pudiésemos celebrar un Día Nacional propio para todos los 

ceremonialistas. 

La propuesta fue elevada al entonces Presidente de la Nación, Dr. Carlos S. Menem, 
quien –el 23 de julio de 1993- la convirtió en el Decreto PEN 1574/93. 

Debemos recordar que hasta entonces nuestro país no contaba con una fecha celebratoria de carácter nacional propia para la profesión del Ceremonial. Por aquel tiempo, muchos ceremonialistas se saludaban y eran saludados en el Día de las Relaciones Públicas o bien, cada 12 de mayo, fecha adoptada por el Emb. Jorge G. Blanco Villalta como Día Internacional del Ceremonial. Dicha adopción fue realizada a partir de una propuesta elevada al Embajador por el Lic. Aníbal Jorge Westrepp, integrante de la Comisión de Cultura del Instituto Argentino de Ceremonial, con fecha 22 de octubre de 1987. Nuestro colega Westrepp proponía el 12 de mayo en virtud de que el 12 de mayo de 1504 se redactó la Lista de Precedencias de Paris de Grassis, que sirvió de base para el orden de precedencia de las coronas europeas. Entre los integrantes de aquella recordada Comisión de Cultura del Instituto que acompañaban al Lic. Westrepp se encontraban, entre otros, Amalia Roella (que también tenía a su cargo la Comisión de Relaciones Públicas), Nydia E. B. de Serabian (coordinadora de la Comisión de Cultura), Graciela Absi Müller, María Rosa Varallo de Mazza y el Prof. Aníbal Gotelli, quien finalmente fue el autor del decreto que, de manera oficial y definitiva, produjo más de un lustro después la declaración de un día propio para el Ceremonial nacional.



El texto del Decreto PEN 1574/93 que declara el Día Nacional del Ceremonial es el siguiente:


"Nro. 1574 - Buenos Aires, 23 de julio de 1993

VISTO: Lo acordado por los miembros de las Primeras Jornadas Nacionales de Ceremonial en la Función Pública, que tuvieron lugar en la ciudad de Buenos Aires, del 20 al 22 de abril del corriente año, organizadas por la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación y el Instituto Nacional de la Administración Pública

y CONSIDERANDO: Que los miembros de las referidas Jornadas aprobaron por unanimidad la declaración del 28 de mayo como Día Nacional del Ceremonial; Que la elección del aludido día obedeció al hecho de que el 28 de mayo de 1810 se emitió el primer reglamento protocolar que se ha dictado en el país. Se trata de la "Instrucción para el Despacho y Ceremonial" o "Reglamento para el Ejercicio de la Autoridad de la Junta Provisional Gubernativa del Río de la Plata"; Que la mencionada declaración tiene por objeto poner de relieve la trascendencia e importancia del Ceremonial como elemento imprescindible de la organización de todas las manifestaciones oficiales de las administraciones públicas, marcando, al propio tiempo, el punto de partida para una nueva concepción y conformación del Ceremonial Público Argentino, no sólo como disciplina de organización sino, además, como vehículo incuestionable e inmejorable de elevación y fortalecimiento de la imagen cultural de la Nación; Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 86, inciso 1, de la Constitución Nacional. 

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA, DECRETA

Artículo 1ro. - Declárase el día 28 de mayo de cada año como "DÍA NACIONAL DEL CEREMONIAL"; 
Artículo 2do.- De forma. CARLOS SAÚL MENEM, Presidente de la Nación; Gustavo Osvaldo Beliz, Ministro del Interior." 

Este Decreto fue presentado oficialmente por el Prof. Aníbal Gotelli, como representante de la Dirección General de Ceremonial de la Presidencia de la Nación durante el plenario del "1er. Simposio Iberoamericano de Ceremonial y Protocolo en las Relaciones Públicas", organizado por la Confederación Iberoamericana de Comunicación y Relaciones Públicas -CIRP-, en La Falda (Prov. de Córdoba) del 8 al 12 de octubre de 1993.








LEY 23.208. Determina quiénes tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación.


Características de la Bandera Argentina.

LEY Nº 23.208 - B.O. 20/08/1985


Artículo 1º — Tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los gobiernos provinciales y del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también los particulares, debiéndose rendir siempre el condigno respeto y honor.

Artículo 2º — Derogase el artículo 2º del Decreto de fecha 25 de abril de 1884; el artículo 3º del Decreto Nº 1.027/43 de fecha 19 de junio de 1943, y el artículo 3º del Decreto Nº 10.302/44 de fecha 24 de abril de 1944.

Características de la Bandera Argentina

Banderas de Ceremonias: 1,40 x 0,90 m.

Material: de tela de gros de seda en paño de doble confección lisa o con costura, sin fleco alguno en su contorno ni emblemas. Llevará el sol, bordado en una faz y adherido en la otra, sin ninguna inscripción en el paño.

Sol: El sol será el que figura en la moneda de oro de 8 escudos y de plata de 8 reales, de nuestra primera moneda por ley de la Soberana Asamblea General Constituyente de las provincias unidas del Río de la Plata el 13 de abril de 1813, con los 32 rayos flamígeros y rectos colocados alternativamente y en la misma posición que se observan en esas monedas. El color del sol será el
amarillo oro.

Bordado en relieve, tendrá 10 cm. De diámetro en su interior y 25
cm. En sus rayos.

Asta: será de madera de guayahivi u otro similar, de dos piezas, desarmable, lustrada, color natural, con un largo de un metro cada pieza y un diámetro de tres y medio centímetro, llevará cuatro grampas colocadas a treinta centímetros de distancia entre ellas,
en las que irán atadas las cintas.

Corbata: será de iguales colores que la bandera, de 50 cm. de 65 largo por 10 de ancho, y llevará como ornato fleco de gusanillo de 7 cm. de ancho y como única inscripción (en los casos de las escuelas) el nombre y número del establecimiento, bordado en
letras mayúsculas.

Tahalí: será de terciopelo de seda con iguales colores que la bandera, de 10 cm. de ancho, terminando en una cuja forrada con los mismos colores.

Moharra: será de acero, de 20 cm. de largo, llevando como base una media luna, que medirá de vértice a vértice 12 cm.

Regatón: será de acero, de 10 cm. de largo.

La Bandera Oficial de la Nación, está formada por tres franjas horizontales de igual tamaño, dos de ellas celeste y una blancaen el medio. En el centro de la franja blanca se reproducirá el sol en amarillo oro, en recordatorio de la primera moneda Argentina, con los treinta y dos rayos flamígeros y rectos colorados alternativamente.

Aclaraciones sobre el Sol

El mismo debe estar estampado de ambos lados, sus 16 rayos flamígeros orientados en el sentido que gira el reloj, sea el lado que se la mire, ya que no posee anverso ni reverso. La proporción del Sol con respecto a la faja blanca será de la sexta parte de esta.

Hasta el año 1985, existía una norma que limitaba el uso de la bandera con el sol, por lo que particulares, asociaciones o entidades privadas debían usar solamente los colores nacionales, sin sol, de escarapela o estandarte, con la Ley Nº 23.208 de 1985 tienen derecho a usar la bandera oficial de la Nación el Gobierno Federal, los Gobiernos Provinciales, como así también los particulares, debiéndose le rendir siempre el condigno respecto y honor.

El paño sin sol, en la actualidad se utiliza como ornamentación de fachadas de edificios, vehículos y comercios.

En los frentes de reparticiones públicas e instituciones en general pueden izarse en mástiles menores, siempre que se destaque del conjunto la Bandera Oficial, con sol.

La enseña nacional jamás deberá ser izada con otras banderas en el mismo mástil, excepto insignias militares y tampoco podrá tocar tierra o agua.

La Bandera Oficial deberá izarse siempre al amanecer, alrededor de la hora 8:00 (según la zona del país) y arriarse en el ocaso. Pero nunca deberá quedarse izada durante la noche, salvo en tiempo de guerra donde no es arriada hasta que esta no finalice.

Se iza rápido y se arría despacio, cuando es izada junto a otras enseñas, deberá ser la primera en alcanzar el tope del mástil y la última en descender. Luego de arriarse, deberá encanastarse, procurando dejar el sol en la parte visible (se reúnen los pliegues
en forma de bolsa invertida).

En todo momento se rendirá a la Bandera Nacional el máximo honor y respeto como afirmación de educación patriótica, dando el ejemplo el personal del establecimiento que suspenderá toda tarea u ocupación a su paso para rendirle el homenaje que se le
debe